El día 26 del corriente mes se celebró en el Parlament balear por parte de la Academia de Jurisprudencia y Legislación la apertura del curso correspondiente a 2015 y se presentó el boletín de la Academia del año 2.014, con un comentario de los distintos trabajos que contiene, entre los que se incluía uno mío, por parte del presidente.
Llama la atención un trabajo presentado por dos de los prestigiosos juristas, penalistas, de nuestro colegio de abogados, señores Perera y Garcías Planas, bajo el título "La Justicia penal en el banquillo", en el que se afirmaba, de entrada, que no se juzgaba a las personas que estaban al frente de administrar Justicia, es decir los Jueces, pues los mismos realizaban una extraordinaria labor a pesar de los pocos medios con que cuentan, procediendo a continuación a examinar cuestiones técnicas como, por ejemplo, la doctrina Parot, pero es lo cierto que el título me hizo reflexionar sobre estado de la Justicia en la actualidad.
Hay que distinguir entre Justicia y Administración de Justicia, la primera depende del poder judicial y la segunda del poder administrativo. En relación a la primera me ratifico con la opinión de mis compañeros ya mencionados y en cuanto a la segunda no tan sólo no se ha avanzado nada, sino que sigue tan anquilosada como antes. Es cierto que se ha cambiado al ministro de Justicia, pero con el actual ministro, que tiene muy buena relación con el Consejo General de Abogacía, no se ha adelantado nada. Las tasas judiciales se siguen pagando y los abogados de oficio siguen cobrando una miseria por los asuntos que llevan, mientras que las plazas judiciales de sustitutos , que fueron suspendidas, aún no se han reincorporado. Las consecuencias son nefastas, lo vuelvo a repetir y lo seguiré haciendo hasta que se ponga remedio a la situación. En mi propio despacho se ha dado un señalamiento de juicio laboral para dentro de dos años. Increíble.
En mis 54 años de profesión he oído reiteradamente que la Administración de Justicia es la hermana pobre de la Administración. Es la que no proporciona votos, por eso ahora que entramos en periodo de distintas elecciones ningún partido político, al menos de momento, ha hablado de la cuestión a pesar de su importancia. El poder legislativo está dominando el judicial, a pesar de que ésta forma parte independiente de la división de poderes. Qué solución práctica se puede dar a la cuestión.
Pacto de Estado para la reforma de la Justicia y arbitraje
Siendo ministro de Justicia Michavila, en el año 2001, se llevó cabo un pacto de Estado para la reforma de la Justicia. Se redactó un pliego, en el que intervino por cierto, el actual ministro Catalá, en el que se fijaron las bases de la reforma, que fue firmado. No sirvió para nada. Una buena Administración de Justicia no da votos.
Arbitraje. Como decía el catedrático Gómez de Liaño, no hay ninguna duda que cuando surgieron conflictos que fueron sometidos a su resolución por terceros, con exclusión de la fuerza, nos encontramos ante un arbitraje. La institución es más antigua que la jurisdiccional. Nuestra ya derogada ley de enjuiciamiento civil recogiendo fuentes medievales, la admitía en su artículo 487. Actualmente después de distintas regulaciones se rige por la ley de arbitraje de 23 de diciembre de 2003, reformada por la de 20 de mayo de 2011, para resumir veamos:
Las ventajas de arbitraje. El plazo para la emisión del laudo que, en principio era de seis meses puede prorrogarse por dos meses más, lo que da un total de ocho meses. Es más barato que un procedimiento ordinario, pues no paga tasas. Puede ser de equidad y de derecho. Actualmente admite medidas cautelares. La ley de arbitrajes, regula el arbitraje internacional. Existen numerosas instituciones que están facultadas para emitir arbitrajes. Los laudos no tienen recursos, aunque sí procedimientos breves de nulidad. Sin embargo casi no existe la cultura arbitral. Así tribunales como Tribunal Arbitral de Barcelona no administra más de 200 procedimientos arbitrales al año.
Lo que ocurre es que la gente nos se fia de la honestidad de los árbitros. Los árbitros son honestos, si no tienen incompatibilidad alguna, en cuanto son nombrados se consideran verdaderos jueces y tratan los asuntos con plena objetividad. El Colegio de Abogados de Balears tiene firmado un pacto con la Cámara de Comercio, para la administración de los arbitrajes. A procedimiento tan sencillo hay que ir, así todos los contratos y escrituras deben contener una sencilla cláusula arbitral, que obliga a las partes a resolver cuestiones mediante el arbitraje, salvo que ambas se pongan de acuerdo en acudir a la jurisdicción. Este es mi consejo.
Font: diariodemallorca.es
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