El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha unificado doctrina: las viudas víctimas de violencia de género tienen derecho a cobrar la pensión de viudedad sin que se les reduzca, aunque supere la pensión compensatoria que percibían tras el divorcio o la separación. La sentencia, fechada el 9 de octubre y difundida este miércoles, incluye un voto particular de dos magistrados.
La duda que debía resolver la Sala era si el tope del apartado 2 alcanza también a las víctimas que sí cobraban compensatoria. Los tribunales superiores de justicia no coincidían: el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía aplicaba el recorte y el TSJ de Navarra, en una sentencia de 2018, lo rechazaba. El Supremo concluye que ese límite no les es aplicable.
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Autor: Pablo Javier Deheza
Font: Economist & Jurist
Imatge: Economist & Jurist
Data: 29/10/2026