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10/01/2022

El TEDH reduce de 6 a 4 meses el tiempo límite para aceptar recursos desde la última sentencia firme de cada país

A partir del próximo 1 de febrero el plazo para presentar una demanda ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) verá reducido de 6 a 4 meses desde que la sentencia del tribunal nacional se haya declarado firme (normalmente tras el fallo del Tribunal Constitucional o del Tribunal Supremo, en aquellos países en los que el Alto Tribunal ostente competencias constitucionales).

La modificación del plazo de presentación de la demanda ante el TEDH se deriva de la modificación del Protocolo nº 15 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), que ha sido firmado y ratificado por los 47 Estados miembros del Consejo de Europa.

El Consejo de Europa aúna a un total de 47 estados miembros (los 27 de la Unión Europea y otros que no forman parte de ella, como Reino Unido, Rusia, Turquía y Ucrania, entre otros).

Esta organización, sin formar parte de la Unión, está en su génesis. Fue la primera forma de cooperación entre los Estados europeos tras la Segunda Guerra Mundial.

Su misión es la creación de un espacio más íntimo para las relaciones europeas, promoviendo los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho.

Su trabajo se desarrolla a través de una serie de órganos, tales como la Asamblea Parlamentaria, el Comité de Ministros, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos o la Secretaria General.

En su Asamblea Parlamentaria están representados los 47 estados miembros.

A diferencia del Parlamento Europeo -institución de la Unión Europea-, la Asamblea se limita a investigar, recomendar y aconsejar en el marco de los Derechos Humanos y la cooperación legal y cultural.

LAS NUEVAS CONDICIONES ENTRARON EN VIGOR EL 1 DE AGOSTO

El nuevo texto, que modifica el Convenio entró en vigor el 1 de agosto de 2021, pero contempló un periodo de transición de seis meses antes de que el cambio fuera efectivo.

Como el período de transición termina el 1 de febrero de 2022, a partir de esa fecha los demandantes y sus abogados tendrán que cumplir el nuevo plazo.

Si no lo hacen, su solicitud no será admitida.

Este plazo de cuatro meses para acudir al TEDH, tras la sentencia final interna, es uno de los criterios de criterios de admisibilidad establecidos en el artículo 35 del Convenio.

Font: confilegal.com