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01/06/2022

Los jueces podrán prohibir el uso de redes sociales

Es conveniente que los jueces tengan redes sociales? | Ámbito Jurídico

El Supremo bloquea Youtube durante cinco años a un joven que humilló a un mendigo. 

El Tribunal Supremo ha impuesto al youtuber conocido como ReSet la prohibición de usar esa red social durante cinco años por publicar un vídeo humillando a un sintecho al que dio unas galletas rellenas de pasta de dientes.

La Sala de lo Penal estimó ayer un recurso de la Fiscalía y y respaldó la pena de alejamiento de la red que estableció un juzgado de Barcelona y que había sido revocada por la Audiencia Provincial. Se trata de la primera vez que el Alto Tribunal aborda si una red social puede considerarse «lugar del delito», de forma que los jueces puedan imponerse la prohibición de acceder a él. La repercusión de la decisión en futuras sentencias es lo que llevó a avocar el asunto a Pleno.

La Audiencia de Barcelona retiró «la prohibición de acudir al lugar del delito, esto es, la red social de Youtube por cinco años» sosteniendo que la ley «no recoge una privación de derechos diferente a la de residencia o aproximación a un lugar concreto; y ese precepto no puede interpretarse extensiva ni analógicamente en contra el reo para sustentar la prohibición de acceder a la red social de Youtube».

El Supremo considera que las redes sociales sí caben en la referencia del Código Penal a la posibilidad de que, ante ciertos delitos, los jueces impongan «la privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos».

La decisión ha sido mayoritaria, pero no pacífica: tres de los 12 magistrados del Pleno formularán un voto particular, que al igual que la sentencia se conocerá en los próximos días.

El youtuber fue condenado en 2019 por un delito contra la integridad moral tras publicar el vídeo en el que daba de comer unas galletas Oreo rellenas de dentífrico a un mendigo. Además de la prohibición de usar la red social y la obligación de cerrar su canal, fue condenado a 15 meses de cárcel y a indemnizar al hombre con 20.000 euros por los daños morales causados por la difusión del vídeo.

Con su canal, Kenghua R. se había convertido en un influencer con 1,1 millones de suscriptores y 124 millones de visualizaciones de sus contenidos. Con el vídeo del mendigo ReSet ganó 2.180 euros.

El Pleno resolvió ayer otro asunto novedoso relacionado con Internet. Los magistrados desestimaron el recurso de un condenado por quebrantar medidas cautelares de alejamiento que tenía impuestas utilizando la plataforma Google. La Sala de lo Penal concluyó que «las redes sociales pueden ser un espacio óptimo para quebrantar medidas cautelares de alejamiento o prohibición de comunicarse».

 

Redacció: Manuel Marraco 

Enllaç: https://mynmedia.mynews.es/noticies/?dre=00001426-20220601-004041&tipus=pdf&id_client=5621134D&expiration_key=ibuwYP4BT/ugGXh8PWJ8db9u4aBZsZrfudlWgTrxFxDjvmsFBKhkmVdDPo0=&idSeguiment=

Font: www.elmundo.es