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03/11/2021

El Supremo avala la queja de un abogado contra un juez como derecho de defensa

El tribunal reprueba las expresiones usadas en el escrito del letrado, pero las enmarca en el "derecho de defensa", que permite más "beligerancia en los argumentos".

El Tribunal Supremo (TS) avala la queja de un abogado de Tarragona contra el antiguo juez decano como "derecho de defensa", entre otros motivos del auto que desestima la demanda del magistrado por vulneración al derecho del honor.

La demanda del magistrado, actualmente en la Audiencia Nacional, la estimó parcialmente un juzgado de primera instancia, aunque la Audiencia Provincial la desestimó después, tal y como ha hecho ahora el TS.

El letrado de Tarragona se quejó del juez por su negativa a tramitar un recurso ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en marzo del 2016 y en su escrito atribuyó presuntos delitos al magistrado, según publica el Diari de Tarragona y han confirmado a Efe fuentes jurídicas.

El abogado se quejó también de un Letrado de la Administración de Justicia (LAJ).

El CGPJ investigó los hechos y no apreció ninguna irregularidad ni del juez ni del LAJ, por lo que acordó el archivo del caso.

En enero del 2017, ambos denunciaron al letrado por vulneración al derecho del honor y pidieron la retirada pública de las descalificaciones expuestas en la queja al CGPJ y una indemnización de 3.000 euros.

En primera instancia, la demanda se estimó parcialmente ya que, a pesar de que la función jurisdiccional "tiene carácter público y está sujeta a crítica", la queja tenía "la finalidad de difamar, vulnerar y mancillar el prestigio profesional de los demandantes".

En octubre del 2019, la Audiencia Provincial estimó el recurso del abogado y señaló que, al presentar la queja, "el encono con ambos ya era patente por la falta de respuesta a sus reiteradas peticiones de información sobre los escritos de recurso".

A pesar de que es "censurable la atribución genérica de la comisión de unos delitos directamente relacionados con los hechos que denuncia, la sala falló a favor del abogado.

El TS también reprueba las expresiones usadas en el escrito del letrado, pero las enmarca en el "derecho de defensa", que permite más "beligerancia en los argumentos".

Este mismo derecho a la defensa explica "las apreciaciones personales de alto grado subjetivista acerca de o relacionadas con los hechos que se denuncian".

Font: www.expansion.es